i. Los envíos de Restos Humanos deben ser aceptados y procesados en la instalación de carga local 240 minutos antes de la salida programada del vuelo. Recomendamos llegar antes de esta hora límite para garantizar tiempo suficiente para todas las inspecciones y procedimientos de aceptación.
ii. Su carga se considera aceptada después de que se haya emitido la guía aérea, suponiendo que no ha habido una mala declaración, o su paquete contiene algún producto prohibido y se han completado todas las inspecciones exigidas por Aeroméxico y el gobierno local.
iii. Los envíos estarán disponibles para ser recogidos 2.5 horas después de la llegada real del vuelo, excluyendo situaciones de fuerza mayor o casos fortuitos fuera del control de la empresa, como fuertes tormentas, cierres de carreteras, etc.
iv. Cada pieza del envío debe estar claramente etiquetada con el nombre y la dirección del remitente y el destinatario. Quite todas las etiquetas y marcas antiguas.
v. Para transportar un Resto humano con destino USA, solicite al cliente los siguientes documentos:
a. Consular Mortuary Certificate, apostillado por la Embajada de USA en México y sellado por las autoridades de Secretaría de Salud Pública de México
b. Acta de Nacimiento de la persona fallecida, sellada por las autoridades de Secretaría de Salud Pública de México
c. Acta de Defunción sellada por las autoridades de Secretaría de Salud Pública de México
d. Cuando el Resto Humano es exhumado deberá traer comprobante de exhumación del cadáver con sello de la funeraria que documenta y firma del médico que lo expide;
e. Certificado de embalsamiento, sellado por las autoridades de Secretaría de Salud Pública de México;.
f. Permiso sanitario de traslado sellado por las autoridades de Secretaría de Salud Pública de México.
g. Affidavit Concerning a Deceased Person, apostillado por la Embajada de USA en México y sellado por la SSA.
h. Fotocopia de una identificación Oficial (Credencial IFE, Cartilla, Pasaporte, Visa), de la persona que funge como representante de la funeraria en el documento Affidavit Concerning a Deceased Person
vi. Para embarques de importación a MEX, aplicarán los siguientes documentos:
a. Permiso de traslado.
b. Acta de defunción.
c. Permiso de embalsamiento.
d. Permiso de tránsito o transbordo.
e. Todo lo anterior con sellos consulares de origen y/o apostillados.
vii. Las leyendas marcadas en el embalaje deben estar colocadas.